El Supremo avisa a Uber de que descarta suspender el ‘decreto Ábalos’ para regular a los VTC

El Alto Tribunal se niega a suspender cautelarmente la medida del Gobierno como le solicitaba Uber mientras dirime si el nuevo registro de servicios diseñado por Fomento es contrario a derecho

El sector de la VTC quería frenar el nuevo decreto ley aprobado por el Gobierno tras el verano para regular esta actividad. En concreto, este texto buscaba blindar la obligatoriedad de comunicar cada uno de los servicios al registro electrónico público. Uber entiende que incumple la normativa de Competencia, pues es una restricción del ejercicio, y la legislación de protección de datos. Por ello presentó un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo. Pero antes de esperar una sentencia que, como pronto, llegaría a finales de 2022, reclamó una suspensión cautelar de la ejecución de ese decreto que acaba de ser denegada definitivamente.

El caso arranca en marzo de 2020, en pleno estallido de la pandemia del coronavirus. El Alto Tribunal declaró nulos los dos primeros artículos del Real Decreto ejecutado por el Gobierno de Mariano Rajoy. Estos incluían dos medidas para tratar de restringir la actividad de las VTC. Una era la limitación a la venta de las licencias durante los dos primeros años desde su expedición, en un intento para frenar la especulación generada en ese momento ante la escasez en el mercado. Otra era el registro electrónico que debía recibir una comunicación con cada servicio por parte de las plataformas o los dueños de las VTC.

El Gobierno tomó nota y el pasado mes de septiembre, ya bajo el mandato de Raquel Sánchez Jiménez como ministra, aprobó un nuevo decreto en el que desaparecía la limitación de la compraventa de licencias y además precisaba algo más la obligación de registrar cada servicio, eliminando la inclusión de los datos personales de los usuarios. Uber y otras empresas del sector no tardaron en responder. A principios de noviembre, la compañía estadounidense interpuso un recurso para tratar de tumbarlo. Y planteó medidas cautelares. Fue más allá y solicitó un freno a la comunicación de datos al Registro, cuando el servicio VTC se presente en una comunidad autónoma en la que no existe norma que imponga el intervalo mínimo de contratación (conocido como precontratación).

El Tribunal Supremo avisa a Uber de que se trata de dos registros completamente distintos: el que fue tumbado por la propia Sala de lo Contencioso y el planteado en el nuevo decreto. «Ha desaparecido toda referencia a los datos personales de los usuarios cuya inclusión motivó su anulación», asegura en el auto, consultado por La Información. Sobre los potenciales daños de este registro, en materia de desarrollo de software por parte de las empresas de VTC para poder enviar la información, los magistrados insisten en que esta obligación de comunicarlo ya estaba presente en la regulación anterior, que data del año 1987. Así, cree que el daño material sería «ninguno o muy bajo» para los dueños de las licencias, por lo que no se justifica esa suspensión cautelar. De esta forma, confirma que no cabe esta medida.

Regulación pendiente

Mientras esta nueva batalla judicial se dilucida, el mercado de las VTC está en vilo a la espera de lo que suceda con la regulación de las diferentes comunidades autónomas. Ha empezado una cuenta atrás que concluirá el próximo mes de octubre. En caso de que los diferentes gobiernos regionales no lleven a cabo una normativa ‘ad hoc’ se cumplirá el periodo de gracia de cuatro años planteado por el llamado ‘decreto Ábalos’. Más allá de esa fecha, las autorizaciones sólo podrán ser utilizadas para servicios interurbanos, que representan una parte muy minoritaria de los servicios. Esto implicaría el final de este sector.

El consejero delegado y cofundador de Cabify, Juan de Antonio, explicó recientemente que se trata de una situación «contradictoria» pues, según él, «la sociedad está demandando nuevas formas de movilidad y no tiene sentido dejar a tantos empleados en la calle”. El sector ha presionado a las administraciones, que aún no han dado el paso. En Madrid ha habido varios intentos y anuncios públicos sobre su intención de regular, pero finalmente no lo han hecho. Tampoco Andalucía o Comunidad Valencia, mercados significativos por su nivel de actividad.

Mientras tanto, como telón de fondo el propio Tribunal Supremo ha admitido varios recursos presentados por grandes firmas de las VTC, como la propia Cabify, para «reforzar, completar, matizar o corregir» su propia sentencia de 2018 que respaldó el ratio de 1 VTC pr cada 30 de taxis, tal y como avanzó La Información. Analizará si este límite es contrario a la normativa europea vinculada a la libertad de establecimiento o a las ayudas de Estado. En caso de que tumbara esa proporción abriría la puerta a miles de licencias que han sido reclamadas en los tribunales en los dos últimos años.

La Información 

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