El BOE publica el IX Convenio Nacional del Auto-Taxi: así quedan los sueldos y condiciones de los asalariados hasta 2027
El sector del auto-taxi en España cuenta ya con un nuevo marco regulador. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 18 de agosto de 2025 el IX Convenio Colectivo Nacional del Auto-Taxi, un acuerdo alcanzado tras intensas negociaciones entre las patronales y los sindicatos que fija las condiciones laborales y salariales de miles de conductores asalariados en todo el país. El texto tendrá vigencia entre 2024 y 2027.
En la práctica, se suele hablar de “taxi”, aunque jurídicamente el convenio se refiere a “auto-taxi”, es decir, a los vehículos con licencia municipal que prestan servicio urbano e interurbano de viajeros. El ámbito del acuerdo queda limitado a las empresas privadas titulares de licencia y sus trabajadores asalariados, quedando fuera los autónomos titulares.
Salarios y complementos
El convenio establece un salario base mínimo de 17.500 euros anuales para conductores, cifra que asciende a 19.500 euros en la categoría de conductor especializado, quienes asumen funciones específicas.
Además, se incluyen varios complementos:
- Trabajo en festivos: 32 € por jornada en 2025, subiendo a 34 € en 2026 y 36 € en 2027.
- Antigüedad: 10 % del salario base por cada quinquenio.
- Nocturnidad: 25 % extra entre las 22:00 y las 6:00 horas.
- Horas extraordinarias: preferentemente compensadas con descanso (una hora extra equivale a dos de descanso). Si se pagan en metálico, se abonarán al 150 % de la hora ordinaria, con un máximo de 40 al año.
- Propinas y plus de servicios: Cantidades derivadas de maletas, bultos u otros suplementos permitidos por normativa local quedarán en beneficio del trabajador.
Ayudas y dietas
En el ámbito social, el convenio contempla:
- Ayuda escolar por hijo: 130 € anuales en 2025, aumentando a 140 € en 2027.
- Dietas por manutención: 18,50 € en 2025, hasta 21,50 € en 2027, cuando el conductor coma fuera de su localidad.
- Dietas con pernocta: 70 € en 2025 y 80 € en 2027.
Derechos y seguridad
Entre las novedades más destacadas figuran:
- Derecho a la desconexión digital fuera de la jornada.
- Seguro obligatorio con cobertura de hasta 45.000 € en caso de accidente mortal o incapacidad absoluta.
- Registro horario digital en empresas con más de tres trabajadores.
- Refuerzo en la cobertura cuando un vehículo no pueda prestar servicio.
- Posibilidad de jubilación anticipada por penosidad.
La jornada laboral máxima se fija en 1.780 horas anuales, con un máximo de 40 horas semanales y un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. El descanso semanal coincidirá con el del vehículo, preferiblemente en dos días consecutivos.
Inteligencia Artificial y algoritmos
El convenio introduce un apartado pionero: antes de aplicar sistemas de Inteligencia Artificial o algoritmos que modifiquen de forma sustancial las condiciones colectivas de trabajo, las empresas deberán presentar un informe a la Comisión Paritaria. Además, estarán obligadas a facilitar a los representantes de los trabajadores los parámetros y reglas que sustenten esos sistemas.
Protección ante la retirada del carnet
En empresas con más de tres asalariados, si un conductor pierde temporalmente su permiso de conducir (menos de seis meses) o agota todos sus puntos, la empresa deberá asignarle otras funciones o contratar un seguro que le garantice el 75 % del salario, manteniendo la reserva de su puesto.
Firmantes y vigencia
El acuerdo fue suscrito por la patronal ANTAXI, en representación de las empresas, y por los sindicatos CC.OO. y FESM-UGT, en representación de los trabajadores.
El nuevo convenio entró en vigor el 1 de enero de 2024 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, con prórrogas automáticas anuales si no se denuncia. En caso de prórroga, los salarios se revisarán cada año conforme al IPC real.
Fuente | lasprovincias.es
