La Asociación Gremial de Madrid denuncia la equiparación entre taxis y VTC que propone la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

Los taxistas presentan sus alegaciones, favorables a las demás medidas contra la congestión y contaminación en la ciudad

La Comisión de Gobierno de AGATM, presidida por Miguel Ángel Leal, ha hecho llegar a Manuela Carmena, alcaldesa de Madrid, sus alegaciones sobre la ordenanza de movilidad sostenible para la ciudad de Madrid. En general, son de carácter favorable al contenido de la ordenanza, ya que promueve la restricción al coche privado en la almendra central y persigue evitar la congestión así como fomentar el transporte público y la calidad del aire.

Con carácter previo a toda consideración sobre el articulado particular del proyecto remitido, es preciso exponer que desde la Asociación Gremial de Auto Taxi de Madrid (AGATM) somos conscientes de que la movilidad urbana ha entrado en una nueva etapa.

El diseño de la política municipal, que avanza en la limitación del uso del vehículo privado en beneficio de la mayor utilización de los transportes públicos, se considera muy adecuado y conveniente para elevar la calidad de vida de los ciudadanos y visitantes de Madrid.

En este nuevo momento, el Ayuntamiento de Madrid y los taxistas debemos conseguir que el servicio público de taxi despliegue toda su potencia y tenga un futuro competitivo, en el que las administraciones deben estar junto al sector del taxi, promoviendo su renovación y transformación.

Los nuevos modelos de movilidad son “una realidad insoslayable y representan una oportunidad para que el sector del taxi ponga en valor sus eficiencias y calidad, renovando su oferta de valor como servicio público clave”, recordó Leal. La reciente sentencia del Tribunal Supremo 921/2018 de 4 de junio de 2018, ha calificado al taxi como servicio de interés general, en claro contraste con los vehículos de arrendamiento con conductor (VTC) a los que no puede extenderse este concepto ni equipararse en su actividad a la de los taxis.

En relación con el ámbito de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, se debe partir de la base de que el servicio de taxi y el de VTC están definidos y configurados legalmente para atender diferentes demandas de transporte de viajeros, aunque, como es notorio, confluyen en el mercado de la precontratación de servicios, único segmento en el que pueden operar los VTC, con las limitaciones que se desprenden de la vigente regulación de los transportes terrestres.

El taxi se configura como servicio público de interés general siendo un elemento esencial de la movilidad, especialmente en entornos urbanos y metropolitanos, en los que conviven con otros medios de transporte público colectivo y los complementa. En el otro caso, el del alquiler de vehículos con conductor, la regulación no presenta el mismo grado de intensidad que el del servicio de taxi, debiéndose garantizar por las Administraciones Públicas la no interferencia, en términos de ordenación de la movilidad, con otras modalidades de transporte de viajeros y, lógicamente, con la del taxi.

Finalmente, en relación a lo dispuesto en el proyecto, que como regla general las VTC deban ser también vehículos con clasificación ambiental CERO o ECO, no las debe equiparar a los taxis ni facultar para ejercer su actividad económica en mejores condiciones o equiparando su explotación con derechos de paradas o estacionamientos, y mucho menos de uso de carriles reservados Bus/Taxi o la recogida en la vía de pasajeros.

Asociación Gremial de Auto Taxi

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