La Justicia declara que los carriles bici segregados y los bus-taxi de Valladolid son ilegales

La decisión del Ayuntamiento es contraria a derecho y nula por infringir un artículo de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece que ciertos cambios de las vías urbanas deberían producirse utilizando una ordenanza y no un decreto

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Valladolid ha estimado el recurso interpuesto por el PP de Valladolid contra el decreto que implantaba carriles bus-taxi en varias calles de la ciudad y los carriles bici segregados en Paseo de Isabel la Católica y en parte de la Avenida de Gijón de la capital. La resolución establece que la decisión del Ayuntamiento es contraria a derecho y nula por infringir un artículo de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece que ciertos cambios de las vías urbanas deberían producirse utilizando una ordenanza y no un decreto. El concejal de Movilidad, Luis Vélez, critica que el PP hable de que se anula todo el plan cuando ese trata únicamente un decreto «por un defecto de forma».

El Juzgado no entra a valorar el fondo del Plan de Movilidad, sino que estima un recurso de la presidenta del PP, Pilar del Olmo contra el decreto nº 7647 de 6 de noviembre de 2020. Según la resolución, la Ley efectúa una reserva en favor de la Ordenanza para la regulación de los usos de las vías públicas y, sin embargo, el Ayuntamiento utilizó un Decreto, ahora impugnado, que afectaba «de forma directa a la ordenación de los usos de las vías públicas estableciendo un nuevo régimen circulatorio, lo que no se puede realizar a través de este instrumento. Según Vélez, que anuncia un recurso del Consistorio, «ningún ayuntamiento de España», ni siquiera el PP cuando estaba en el poder en la ciudad, «aprueba este tipo de modificaciones vía ordenanza. «Le diría al PP de Valladolid que pregunten a sus compañeros que gobiernan en Madrid, Zaragoza, Málaga como lo hacen y qué les parece», indica.

Según recuerda la Justicia, el proceso de elaboración y aprobación de estos cambios está reservado al Pleno de la Corporación Municipal dotándole de mayores garantías de publicidad, audiencia a los administrados, sustrayendo a la decisión unipersonal del ejercicio de la potestad reglamentaria. «Con esta actuación se produce una desviación de poder», señala. Según el artículo 7 de la Ley de Tráfico, la regulación de los usos de las vías urbanas se realiza mediante una Ordenanza Municipal de Circulación. Para Velez

El PP de Valladolid considera que la Justicia declara «ilegal» el Plan de Movilidad de Óscar Puente por el que se aprobó la implantación de carriles bici y carriles bus-taxi y califica la resolución de «gran varapalo judicial al modelo de ciudad de Óscar Puente». Fuentes municipales anuncian el recurso judicial y consideran que se trata más de una cuestión de forma que de fondo. El concejal de Movilidad recuerda que la sentencia no es firme y no enmienda el plan en su totalidad. «Solo anula un decreto. No dice nada más. Incluso aunque fuera firme tampoco nos obliga a revertir esa u otras actuaciones que hemos hecho».

eldiario.es

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