La OIT pide un diálogo mundial con el fin de fijar las normas mínimas para las plataformas digitales

La Organización Mundial del Trabajo reclama que los trabajadores de estas empresas se muevan libremente entre ellas y que los Estados graven efectivamente su actividad

Foto: cincodias.elpais.com

En 2010 en el mundo existían 142 plataformas digitales sumando las destinadas para ofrecer servicios a través de la web y aquellas que se dedican a realizar servicios de transporte o reparto. Hoy, tan solo una década después existen 777 compañías de este tipo, según las cifras que maneja la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En este tiempo, las plataformas basadas en ofrecer servicios por internet se han triplicado mientras que las vinculadas al transporte y reparto se han multiplicado por diez.

Ante esta proliferación de este tipo de empresas, la OIT ha realizado un exhaustivo estudio, cuyas conclusiones ha hecho hoy públicas y que, según la organización, pretende entender «cómo las plataformas digitales están transformando el mundo del trabajo y de las implicaciones de esta transformación para los empleadores y los trabajadores. Entre las principales conclusiones, este organismo determina que «sería necesario por entablar un proceso de diálogo social mundial destinado a asegurar que se aprovechen las oportunidades que presentan las plataformas digitales de trabajo, y se aborden los desafíos que plantean».

En este punto, este organismo hace suya la recomendación de la Comisión Mundial sobre el Futuro del Trabajo, un órgano independiente de la OIT, que ha aconsejado «el desarrollo de un sistema de gobernanza internacional que establezca ciertos derechos y protecciones básicos y exija a las plataformas y a sus clientes que los respeten». Esto es la fijación de una normativa básica en el ámbito mundial que regule estas relaciones laborales.

Esta Comisión también ha pedido que se adopte un enfoque «bajo control humano» por el que se gestionen, vigilen y controlen los algoritmos sobre los que se basan las decisiones laborales que toman las plataformas, con el fin de garantizar «que las decisiones finales que afectan al trabajo sean tomadas por seres humanos», recoge el informe de la OIT.

Estos algoritmos «definen y alteran cómo los trabajadores son contratados y remunerados, y no son para nada neutrales, pues son diseñados por programadores siguiendo instrucciones que en ocasiones pueden resultar en prácticas discriminatorias», advirtió al presentar el informe en Ginebra el director general de la OIT, Guy Ryder, informa Efe.

Por su parte, la a economista de la organización Uma Rani, una de las autoras del estudio, subrayó que uno de los puntos que sorprenden de estas plataformas es que «los empleados en ellas tengan que pagar una comisión para trabajar, algo que no ocurre en el mercado laboral fuera de internet».

Por ello, Ryder destacó la principal conclusión del informe, antes citada, que estos y otros problemas que surgen con el auge de estas nuevas formas de empleo «deben solucionarse mediante el diálogo social internacional a fin de que los trabajadores, los empleadores y los gobiernos puedan beneficiarse plenamente y por igual de estos avances».

Para llevar a cabo este estudio, la OIT ha realizado encuestas a unos 12 000 trabajadores de 100 países de todo el mundo que trabajan en plataformas de trabajadores autónomos basadas en servicios a través de la web (servicios de traducción, jurídicos, financieros y de patentes, o de diseño y desarrollo de software entre otros) y cuya asignación de tareas se realiza mediante concurso de propuestas y, por otra parte, en plataformas de los sectores del taxi y el reparto; ha entrevistado a representantes de 70 empresas de distintos tipos, 16 empresas de plataformas y 14 asociaciones de trabajadores de plataformas de todo el mundo en múltiples sectores; y analizado contratos de servicio de 31 grandes plataformas digitales de todo tipo.

Tras este trabajo de campo, la OIT ha llegado también a otro tipo de recomendaciones más concretas para las futuras regulaciones sean en el ámbito que sean, pero fundamentalmente por parte de los Estados, a los que recomienda abordar esta situación. Entre estos consejos no está concretamente la de hacer trabajadores asalariados a los empleados de estas plataformas, tal y como planea decretar el Gobierno español para el caso de los repartidores de las plataformas de reparto a domicilio exclusivamente, sino que amplía el ámbito de aplicación de las reglas a todo tipo de plataformas y recomienda «permitir que los trabajadores de las plataformas se muevan libremente entre ellas, incluso facilitando la portabilidad de sus datos, por ejemplo en lo relativo a las calificaciones».

Si bien, sí recomiendan el uso de «cláusulas y modalidades contractuales claras y transparentes para trabajadores y empresas, compatibles con la legislación laboral y de protección al consumidor». Y añaden que la situación laboral de los trabajadores debería estar «correctamente clasificada de acuerdo con los sistemas nacionales de clasificación», de lo que se deduce que cada colectivo de estos trabajadores debe estar bajo los derechos reconocidos a los asalariados de su sector.

En este sentido, los expertos de la OIT precisan que las leyes aplicables deben «procurar que los trabajadores autónomos de las plataformas puedan ejercer el derecho a la negociación colectiva, por ejemplo, armonizando la legislación en materia de competencia con la legislación laboral».

Finalmente, recomiendan a los Estados y resto de organismos implicados que procuren «gravar efectivamente la economía digital, incluidas las plataformas, los clientes y los trabajadores, así como las transacciones entre unos y otros», como un paso más para poder dignificar las condiciones de sus trabajadores.

cincodias.elpais.com

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