Los cambios y requisitos de las nuevas ayudas para autónomos a partir de febrero

El Consejo de Ministros ha aprobado las medidas vigentes que existían para los trabajadores por cuenta propia con importantes cambios

El Ejecutivo ha aprobado  en el Consejo de Ministros la prórroga de varias medidas que han resultado clave para paliar, en cierta forma, los efectos de la crisis generada por la pandemia. A la prórroga de los ERTE y el escudo social –por el que se extenderán de forma automática los contratos de alquiler y la moratoria de las hipotecas– se suma también una batería de importantes cambios en las medidas que ya estaban vigentes para los autónomos que han visto su trabajo afectado por la Covid-19.

Todo esto después de que el Gobierno llegase a un acuerdo con las tres organizaciones de autónomos más representativas a nivel nacional: la asociación de trabajadores autónomos –ATA-, la unión de asociaciones de trabajadores autónomos y emprendedores –UATAE– y la unión de profesionales y trabajadores autónomos –UPTA-. Esas modificaciones que comentábamos incidirán en las cuatro ayudas que ya estaban disponibles para este colectivo.

  • Prestación por suspensión de actividad: cierre por decisión administrativa, beneficio económico mínimo 760 euros.
  • Prestación compatible con actividad para autónomos cuya actividad no se ha recuperado o empeora: en función de la base de cotización
  • Prestación extraordinaria por bajos ingresos para quienes no puedan acceder a las anteriores: mínimo 760 euros siempre y cuando los ingresos sean inferiores al SMI en el primer semestre de 2021, entre otros requisitos.
  • Prestación para trabajadores de temporada: mínimo 660 euros.

Ayuda compatible con la actividad

Esta es una de las medidas que se puso en marcha en julio y que ahora se prorrogara hasta el 31 de mayo. Va dirigida para todos aquellos trabajadores que no han podido recuperar sus ingresos o que, incluso, su situación haya empeorado en los últimos meses.

Lo que se modifica en esta nueva prórroga es el requisito para acceder a ella. Anteriormente, la podían solicitar aquellos cuya facturación en el cuarto trimestre hubiese bajado un 75% con respecto al mismo periodo de 2019. Ahora, pueden acceder a esta prestación aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga un 50%, con respecto al segundo semestre de 2019.

Por otro lado, para beneficiarse de esta ayuda ya no es necesario haberla recibido durante marzo y junio de 2020. 

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