Todos los vehículos autotaxi de Madrid con pago para tarjeta
— 28 noviembre, 2016Si no funciona adecuadamente por avería, olvido, sustracción o todavía no la tienen instalada no están en disposición de prestar el servicio, al ser un elemento obligatorio.
La fecha límite es el 14 de diciembre de 2016. A partir de entonces todos los vehículos autotaxi han de disponer de lectora para el pago con tarjeta.
Así se concretó con la aprobación de la Ordenanza Reguladora del Taxi el 28 de noviembre de 2012, donde se incorporó la lectora de pago con tarjeta e crédito y débito como elemento obligatorio para favorecer el pago a los usuarios.
A efectos de cumplimiento de esta obligación la Disposición transitoria Cuarta de la citada Ordenanza establece que los vehículos dispondrán de un plazo de cuatro años para la incorporación de las impresoras, adaptación de los tíquets y elementos de pago mediante tarjeta.
Por tanto, a partir del próximo 14 de diciembre de 2016 será exigible que todos los vehículos autotaxi dispongan de la lectora del pago con tarjeta en Madrid. Se recuerda que, si no la tienen instalada o no funciona correctamente por avería, olvido, sustracción u otra causa, no se estaría en disposición de prestar servicio al ser un elemento obligatorio.
Si una vez prestado el servicio, no fuera posible el cobro mediante tarjeta por diferentes causas (falta de cobertura, avería…) el taxista debe procurar los medios oportunos para que el cliente pueda efectuar el pago en efectivo sin coste alguno para él, por ejemplo llevar al usuario que no pueda pagar en efectivo a un cajero gratis.
Asimismo se recuerda que la no instalación o adecuado funcionamiento de la lectora de pago con tarjeta sería susceptible de denuncia y sanción de al menos 401 €, dado que constituye una infracción grave tipificada en el artículo 18 b) 8º de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, consistente en La instalación del aparato lector de tarjetas de crédito, así como su utilización como medio de pago a requerimiento del usuario.
Fuente: Gremial Taxi Madrid