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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias reconoce la incapacidad permanente absoluta del profesional al considerar que sus patologías físicas y psicológicas le impiden desempeñar cualquier actividad laboral. Un taxista de 64 años de Gijón ha logrado que la Justicia reconozca su derecho a percibir una pensión vitalicia de 2.152,07 euros mensuales después de recurrir el grado de incapacidad que le había concedido inicialmente la Seguridad Social. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha respaldado su reclamación al considerar que sus problemas de salud son incompatibles con el ejercicio de cualquier profesión. El trabajador había recibido inicialmente el reconocimiento de una incapacidad permanente total para su actividad habitual como taxista, pero reclamó una protección mayor al entender que sus limitaciones iban más allá de su profesión. Un cuadro clínico con problemas físicos y psicológicos Según recoge la sentencia, el trabajador presenta diversas patologías, entre ellas lumboartrosis con afectación nerviosa, además de depresión mayor recurrente y ansiedad generalizada de carácter crónico. La resolución también hace referencia al consumo de alcohol. El taxista recibe tratamiento psiquiátrico continuado desde 2018, debido a la evolución de sus problemas de salud. La Justicia valora las limitaciones para trabajar El fallo judicial recoge que el cuadro clínico del trabajador ha estado acompañado de episodios de agresividad, niveles elevados de ansiedad, ánimo decaído, apatía, abandono del cuidado personal, una perspectiva pesimista del futuro y lentitud psicomotriz. Los magistrados consideran relevante la falta de mejoría de sus patologías y concluyen que las limitaciones que presenta resultan incompatibles con el desempeño de cualquier oficio. Por este motivo, el tribunal respalda el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta, un grado que contempla la imposibilidad de ejercer cualquier profesión u oficio en condiciones laborales ordinarias. Una pensión mensual de 2.152,07 euros La resolución reconoce al taxista el derecho a percibir una prestación de 2.152,07 euros al mes, con carácter vitalicio, frente al grado de incapacidad que se le había reconocido inicialmente. El caso pone de relieve la importancia de valorar de forma conjunta las patologías y sus consecuencias sobre la capacidad laboral de cada trabajador, especialmente cuando las limitaciones afectan no solo a su profesión habitual, sino también al desempeño de otras actividades. No obstante, la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Fuente | elcomercio.es
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