El Gobierno aprueba un Real Decreto para modificar la LOTT y regular la concesión de autorizaciones de VTC

El Consejo de Ministros acaba de aprobar en el día de hoy un Real Decreto por el que se modifica la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (LOTT) para poder regular la concesión de autorizaciones de VTC, atendiendo a consideraciones medio ambientales y de gestión del tráfico, tal y como han indicado desde el Gobierno.

La modificación de la ley de transportes, que el Gobierno ha incluido en el decreto global de medidas económicas, aprobado hoy, establece que el otorgamiento de las autorizaciones de VTC estará condicionado al cumplimiento de criterios medioambientales sobre mejora de la calidad del aire y reducción de emisiones de CO2, así como de gestión del transporte, del tráfico y del espacio público de la comunidad autónoma en que pretenda domiciliarse la autorización.

La autorización será denegada si, en el momento del otorgamiento, se supera el valor límite anual de NO2 o PM2,5 o el valor objetivo o valor objetivo a largo plazo del O3, regulados en la normativa de mejora de la calidad del aire, en alguna zona o aglomeración incluida en la comunidad autónoma en la que pretenda domiciliarse la autorización, de conformidad con el último informe publicado por el Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El Gobierno cede esta potestad a las Comunidad Autónomas para que sean ellas las que decidan limitar las autorizaciones VTC atendiendo a las consideraciones anteriormente descritas.

En relación con la gestión del tráfico y las VTC, la nueva norma señala que deberá utilizarse un criterio objetivo de congestión viaria que podrá estar basado en un indicador que refleje la diferencia entre la velocidad media en condiciones de flujo libre y la velocidad registrada en distintos momentos del día u otros criterios que se puedan establecer por la comunidad autónoma.

Abre la puerta a la doble autorización para las VTC

En cuanto a la doble autorización para las VTC, el artículo 150, referido a medidas de sostenibilidad del transporte público en vehículos de turismo, recoge, por su parte, que las entidades locales podrán establecer, en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas, como parte de la planificación y ejecución de sus políticas de movilidad, medidas aplicables a la prestación de cualquier tipo de transporte público de viajeros en vehículos de turismo, acordes con las necesidades y características de cada localidad.

Igualmente, añade que estas medidas podrán incluir, en su caso, de conformidad con la legislación autónoma, la solicitud de una autorización por parte de las entidades locales, que deberá estar justificada por razones de interés público, tales como la protección del medioambiente urbano o la garantía de la seguridad vial, y resultar proporcionadas garantizando, en todo caso, la sostenibilidad, calidad y seguridad de los servicios de interés público involucrados.

Declaración del taxi como servicio de interés público

Además, el Gobierno ha declarado el taxi como servicio de interés público, sin perjuicio de las competencias de las CCAA para establecer otro tipo de regulación. Concretamente, el artículo 151 de la nueva norma establece que el transporte de viajeros en taxi, “sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas para establecer otra regulación, tiene la consideración de servicio de interés público”.

 

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