La Justicia ha anulado el listado definitivo al detectar errores en el cálculo de la antigüedad de algunos aspirantes. El Ayuntamiento deberá elaborar una nueva clasificación, aunque la sentencia no reconoce directamente el derecho de los demandantes a obtener una autorización.
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha anulado la adjudicación definitiva de las licencias estacionales de taxi de Sant Josep correspondientes a 2022 y 2023. La resolución estima parcialmente el recurso presentado por tres solicitantes que habían quedado fuera del grupo de aspirantes con posibilidades de conseguir una autorización y obliga al Ayuntamiento a revisar el listado.
La sentencia, fechada el 13 de octubre de 2026, considera que el Consistorio cometió errores al calcular la antigüedad profesional de algunos participantes. Por ello, ordena realizar una nueva clasificación siguiendo los criterios establecidos en las bases de la convocatoria.
El fallo revoca así la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma, que en marzo de 2024 había desestimado la reclamación de los afectados y avalado la adjudicación municipal.
Un error en el cómputo de la experiencia como conductor asalariado
Los tres recurrentes figuraban inicialmente entre los 150 primeros solicitantes, pero perdieron posiciones cuando se publicó la clasificación definitiva. El cambio permitió que otros aspirantes los adelantaran al contabilizar determinados periodos de inactividad como tiempo válido de experiencia profesional.
Uno de los casos analizados por el tribunal corresponde a un solicitante que dejó voluntariamente su trabajo como conductor asalariado para explotar una licencia estacional por cuenta propia. Según las bases de la convocatoria, abandonar la condición de asalariado durante más de seis meses consecutivos debía interrumpir el cómputo de antigüedad en esa categoría.
La Sala considera que esta circunstancia se produjo entre mayo y octubre de 2017, periodo durante el cual el aspirante trabajó exclusivamente como autónomo. Por tanto, entiende que el Ayuntamiento no debió contabilizar ese tiempo como antigüedad acumulada en su trayectoria como conductor asalariado.
No obstante, el tribunal desestima otras reclamaciones relacionadas con el cálculo de la experiencia de distintos participantes. En concreto, considera válidos los periodos de desempleo involuntario y determinados trabajos agrícolas de corta duración que respetaban los límites previstos en las bases.
El Ayuntamiento también cometió irregularidades en los plazos
La sentencia identifica, además, un error en la tramitación administrativa de la convocatoria. El Ayuntamiento concedió cinco días para subsanar la documentación, pese a que las bases establecían un plazo de tres, y mezcló este procedimiento con el posterior periodo de presentación de alegaciones.
Aun así, el TSJIB considera válida la documentación entregada por los aspirantes dentro del plazo que les había comunicado expresamente el propio Consistorio. El tribunal entiende que los solicitantes no deben asumir las consecuencias de un error administrativo y apela a los principios de buena fe, confianza legítima, seguridad jurídica y proporcionalidad.
Nueva clasificación, pero sin concesión directa de licencias
Como consecuencia del fallo, el Ayuntamiento de Sant Josep tendrá que recalcular la antigüedad de los participantes y publicar una nueva clasificación de acuerdo con los criterios fijados por el tribunal.
Sin embargo, la resolución no concede directamente las licencias a los tres demandantes. Su posible acceso a las autorizaciones dependerá del resultado del nuevo listado y de las posiciones que ocupen una vez corregidos los errores detectados.
La Sala tampoco reconoce la indemnización por daños y perjuicios que habían solicitado los recurrentes. De este modo, el procedimiento deberá volver a revisarse para determinar cómo queda finalmente el orden de adjudicación de las autorizaciones estacionales de taxi de 2022 y 2023.
Fuente | amp.periodicodeibiza.es
