El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco avala la decisión de la Diputación al considerar que la empresa solicitante no acreditó disponer de un domicilio efectivo en el territorio para conservar la documentación exigida por la normativa de transporte.
La expansión de los vehículos de transporte con conductor (VTC) vuelve a encontrar un obstáculo judicial en Gipuzkoa. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la denegación de 299 autorizaciones solicitadas por Senza 2020 SL, sociedad vinculada a Cabify, al considerar que el espacio de trabajo contratado por la empresa en Irun no cumplía los requisitos legales para acreditar un domicilio efectivo de actividad.
La resolución, dictada el pasado 2 de octubre, respalda la decisión adoptada por la Diputación Foral de Gipuzkoa, que rechazó las solicitudes al entender que la compañía no había demostrado disponer de una dirección efectiva en el territorio donde pudiera conservar la documentación requerida para el ejercicio de la actividad de transporte.
Un espacio de coworking que no cumplía los requisitos
El domicilio aportado por Senza 2020 SL correspondía a un servicio de domiciliación empresarial en Irun. El contrato permitía utilizar la dirección como domicilio social y comercial, recibir correspondencia y reservar una sala de reuniones durante tres horas semanales, siempre que hubiera disponibilidad.
Sin embargo, el espacio contratado no permitía almacenar la documentación empresarial y de transporte que la normativa exige mantener disponible para posibles inspecciones. Este aspecto fue determinante para que la Administración denegara las autorizaciones solicitadas.
La empresa defendió que podía facilitar los documentos cuando se los requirieran los inspectores, aunque no estuvieran físicamente en esa dirección. También solicitó un plazo de diez días para subsanar la situación y acreditar el cumplimiento de los requisitos.
El tribunal considera que el domicilio efectivo es un requisito esencial
El TSJPV rechazó los argumentos de la compañía y concluyó que la obligación de disponer de un domicilio efectivo en el territorio no constituye un simple trámite administrativo, sino una exigencia legal relevante para obtener las autorizaciones VTC.
Según el criterio recogido en la resolución, permitir que la documentación se presentara únicamente cuando la Administración la solicitara vaciaría de contenido la obligación de conservarla en el domicilio declarado. Por este motivo, el tribunal consideró que no se trataba de una deficiencia formal que pudiera corregirse sin más, sino del incumplimiento de un requisito necesario para conceder las licencias.
La sentencia respalda así la decisión de la Diputación Foral de Gipuzkoa y mantiene la denegación de las 299 autorizaciones.
El sector del taxi apoyó la denegación
La Federación Vasca del Taxi y G.Taxi se personaron en el procedimiento para respaldar la decisión administrativa. Durante el proceso, las organizaciones también cuestionaron la capacidad de la empresa para poner en funcionamiento un volumen de 299 autorizaciones, señalando las necesidades de vehículos, personal, infraestructura, seguros y gestión documental que implicaría su explotación.
Asimismo, plantearon posibles consecuencias sobre el tráfico y la viabilidad del sector del taxi. Estas cuestiones formaron parte de los argumentos de las asociaciones, aunque el fundamento principal de la resolución judicial fue la falta de acreditación de un domicilio efectivo que cumpliera los requisitos legales.
La resolución puede recurrirse ante el Supremo
El tribunal ha desestimado el recurso presentado por Senza 2020 SL y ha confirmado la denegación de las autorizaciones VTC. Además, ha fijado las costas procesales con un límite de 1.000 euros, sin incluir el IVA.
La resolución todavía puede recurrirse ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días, conforme a las condiciones establecidas en la propia sentencia.
El caso vuelve a poner el foco en los requisitos administrativos que deben cumplir las empresas para obtener autorizaciones de transporte con conductor y en la importancia de acreditar una estructura efectiva que permita a la Administración comprobar el cumplimiento de la normativa.
Fuente | diariovasco.com
