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El Tribunal Supremo ha anulado la obligación impuesta por la Región de Murcia en 2021 que obligaba a las empresas de VTC a remitir a la Administración autonómica un listado de los precios de sus servicios. La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la medida es desproporcionada, innecesaria y contraria a la libertad de empresa y a la libre competencia.
La sentencia estima el recurso presentado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y fija doctrina: exigir a las VTC que comuniquen previamente sus precios a la Administración supone una restricción injustificada del modelo de negocio de estas plataformas, que basan su funcionamiento en tarifas dinámicas y variables.
Tarifas libres para las VTC, tarifas reguladas para el taxi
El alto tribunal recuerda que el taxi es un servicio público de interés general y, como tal, está sujeto a tarifas oficiales reguladas por las administraciones, mientras que las VTC desarrollan una actividad empresarial privada sujeta a autorización administrativa, pero con libertad para fijar precios.
Según el Supremo, imponer a las VTC la obligación de remitir un listado de precios solo sería posible si estos fueran fijos y estáticos, algo incompatible con el sistema de precios dinámicos que aplican las plataformas en función de la demanda, el tráfico, la hora o la disponibilidad de vehículos.
En la práctica, añade la sentencia, esa obligación habría forzado a las VTC a abandonar su modelo de precios variables, interfiriendo de forma directa en su estrategia empresarial.
El usuario ya conoce el precio antes de contratar
Otro de los argumentos clave del tribunal es que la medida no resulta necesaria para proteger al usuario. Las VTC, recuerda la Sala, funcionan bajo el sistema de precontratación, por el que el cliente conoce el precio final del trayecto antes de aceptar el servicio. Por tanto, no existe una situación de indefensión del consumidor que justifique la intervención administrativa.
El Supremo también descarta la interpretación defendida por el Gobierno murciano de que bastaría con comunicar una horquilla de precios mínimos y máximos. Según el tribunal, eso supondría cambiar el contenido real de la norma, algo que no puede hacerse a posteriori para salvarla de la anulación.
Riesgo de alineación de precios entre empresas
Además, el alto tribunal advierte de que la obligación de remitir tarifas podría tener un efecto contrario a la libre competencia. Si las empresas conocen los precios de sus competidoras, se podría producir un alineamiento artificial de tarifas, perjudicando finalmente a los usuarios y reduciendo la competencia real en el mercado.
Anulada la orden de la Región de Murcia
Con esta resolución, el Supremo anula definitivamente el artículo de la orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia que imponía a las VTC la obligación de remitir sus precios a la Administración.
La sentencia refuerza el marco jurídico que diferencia al taxi —como servicio público regulado— de las VTC —como actividad privada con libertad tarifaria—, un debate que sigue en el centro del conflicto entre ambos modelos de transporte urbano.
Fuente | poderjudicial.es
